Tiempo de Ocio Ceuta

  • Diario Digital | viernes, 03 de mayo de 2024
  • Actualizado 00:02

GOBIERNO DE CEUTA-CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

El Consejo de Gobierno aprueba las bases para subvencionar proyectos socioeducativos a las comunidades islámicas

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta de la consejera de Educación y Cultura, las bases que regularán la concesión de subvenciones para proyectos y actividades educativas y socioculturales en libre concurrencia dirigidas a la comunidad islámica.

IMG-20160617-WA0003
Jacobo Hachuel portavoz del Consejo de Gobierno
El Consejo de Gobierno aprueba las bases para subvencionar proyectos socioeducativos a las comunidades islámicas

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta de la consejera de Educación y Cultura, las bases que regularán la concesión de subvenciones para proyectos y actividades educativas y socioculturales en libre concurrencia dirigidas a la comunidad islámica.

La Ciudad desarrolla un programa anual de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la elaboración y realización de este tipo de proyectos, con los que se quiere fomentar la participación de asociaciones y entidades públicas o privadas en el desarrollo de actividades dirigidas a la comunidad musulmana para ampliar los recursos existentes para cubrir sus necesidades dentro del ámbito educativo y cultural, impulsando el avance de los principios sociales básicos en una sociedad multicultural.

Estas subvenciones no podrán exceder en ningún caso del 75% del presupuesto total de los gastos de ejecución de la actividad.

De estas subvenciones pueden beneficiarse tanto personas físicas como jurídicas que cumplan los requisitos de haber cumplido la mayoría de edad y residir en Ceuta -en el caso de personas físicas- o estar legalmente constituidas y con domicilio social en la ciudad -personas jurídicas. En todos los casos será imprescindible redactar un proyecto o programa de actividad de refuerzo y apoyo educativo o sociocultural, carecer de ánimo de lucro en la ejecución de la mencionada actividad, disponer de los medios y capacidad suficiente para llevar a término el objeto de la subvención y hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria, así como de las obligaciones tributarias con la Ciudad Autónoma y la Seguridad Social.

Por otra parte, si la entidad o persona han recibido con anterioridad subvenciones de la Ciudad tienen que estar plenamente justificado y tampoco puede haber condena, mediante sentencia firme, de la de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

Las solicitudes para participar en el proceso deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad. Estos impresos se obtendrán a través de las Oficinas de Información de la Ciudad o en www.ceuta.es y se presentarán en el Registro General de la Ciudad.