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Federación de Fútbol de Ceuta Comité de Competición y Disciplina Deportiva Acta Nº 18

actas

Federación de Fútbol de Ceuta Comité de Competición y Disciplina Deportiva Acta Nº 18

Reunido el Comité de Competición y Disciplina Deportiva el día 3 de febrero de 2.016, y una vez vistas las actas y demás documentos referentes a los partidos de las jornadas del 29 al 31 de enero de 2.016, se acuerda lo siguiente:

 

JUGADORES:

Primera amonestación y multa de 1,20 € (Cad.Juv.) y 1,50 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111)

*Omar Abdeselam Barloun (J.Carlos I-Alv)

*Ayoub Sougrati Haidi Bentaher (Polillas Ceuta-Alv)

*Mohamed Hamed Abdel-Lah (Polillas Ceuta-Inf)

*Pedro Vicente Tamayo (Inmaculada-Inf)

*Fco. León Atencia (Puerto B.P.-Inf)

*Isaac Abderrahman Enfeddal (Betis Hadú-Inf)

*Mohamed Zaidi El Kahoun (Betis Hadú-Inf)

*Hamza El Ghallal Mohamed (U.A. Ceutí-Cad)

*José González Álvarez (Dvo. U.A. Ceutí-Juv)

*Alejandro Benito González (Dvo.Ceutí-Juv)

*Omar Liazid Mohamed (Dvo. Ceutí-Juv)

*Hicham El Ouzzani Taiebi (Dvo.Ceutí-Juv)

*Ignacio Guerrero Cubero (Bahía Ceuta-Juv)

*Jesús Jaramillo Castillo (Bahía Ceuta-Juv)

*Fco. José Palomino Navarro (Bahía Ceuta-Juv)

*Jesús Pablo Rubio Toledo (Manzanera-Juv)

*Haron Ben-Fattoun Fernández (Betis-Juv)

*Bilal Bouchpakz Aalami (Carmelitas-Juv)

*Abdeselam Mohamed Mohamed (Puerto Atº.Juv)

*Mohamed Mahfoud Mohamed (Puerto Atº.-Juv)

*Fco. De Borja Sánchez Jiménez (Puerto Atº-Juv)

Diego Espinosa Morillo (Puerto Atº. On365-Juv)

*Fahd Ali Tami (Goyu Ryu-Juv)

*Suleyman Dialco Mohtar (Goyu Ryu-Juv)

*Gasdin Mohamed Abdelkader (Carmelitas-Reg)

*Alberto Rodríguez Padilla (Rayo Ceuta-Reg)

*Fahd Ahmed Ahmed (Hilal Dvo.-Reg)

*Mohamed Mohamed Mohamed (Hilal Dvo. -Reg)

*Elias Amar Ali (Hilal Dvo.- Reg) Anuar

*Mohamed Abdeselam (Hilal Dvo.-Reg)

*Hamido Mohamed Mohamed (Hilal Dvo.-Reg)

*Alejandro Ruiz Reinoso (Ad Ceuta Fc.-Reg)

*Raúl Fernández Sarabia (Ad Ceuta Fc-Reg)

*Jesús Hita Pérez (Ad Ceuta Fc-Reg)

*Yunes Mohamed Kassen (Adceuta Fc- Reg)

*Darío Fco. Guzmán Martínez (Adceuta Fc-Reg)

*Mohamed A. Abdallah Said (Sindibar-Reg)

*Alejandro San Sebastián Fernández (Puerto Atº-J)

 

Segunda amonestación y multa 1.20 € (Cad.Juv.) y 3 € (Reg/Entren/Deleg) (Art. 111)

* David Dominguez Salgado (Natación Atº.-Inf)

*Hudai Abdelkader Dahou (Betis Hadú-Inf)

*Miguel A. Gómez Torres (Carmelitas-Inf)

*Usama Mohamed Ahmed (Betis Hadú-Cad)

*Karim Padilla Amenkar (Dvo. Ceutí-Juv)

*Naufal Abdelkader Ahmed (Puerto On365-Juv)

*Miguel Soto Albarracín (Carmelitas-Juv)

*Luis Garcia Rodriguez (Puerto Atº.On365-Juv)

*Pedro Franco Pérez (Goyu Ryu-Juv)

*Yusef Abdeselam Mohamed (Sindibar-Reg)

 

Tercera amonestación y multa de 3€ (Cad.Juv) y 6 € (Reg/Entren/Deleg) (Art. 111)

*Mohamed Abdeselam Makhnas (Natación Atº-Inf)

*Aiman El Filali Ali (Ceuta Base-Cad)

*Brahim Mohamed Ahmed (Betis Hadú-Cad)

*Pablo González García (Severo Ochoa-Cad)

*Jorge García Conde (Severo Ochoa-Cad)

 

Suspender por un (1) partido oficial y multa de 6 € (Cad.Juv) POR producirse con violencia a un contrario (Art. 123.1 Y 137.3.B)

*Álvaro ESCAMEZ RODRÍGUEZ (Polillas Atº-Inf)

*Valeria BLANCO CARMONA (Polillas Atº-Fem)

 

Suspender por un (1) partido oficial por expulsión directa (Art.114)

*Nikilesh Mahyan Vrarauli (Carmelitas-Inf)

 

Suspender por un (1) partido oficial por dirigirse al árbitro en término de menosprecio (Art. 137.2.C)

*Manuel ALONSO ORO (Mon. Uaceuti-Inf)

 

Suspender por dos (2) partidos oficiales y multa de 12 € por lanzar el balón y dirigirse en términos injurioso al colegiado (Art. 137.2.c)

*Elías Hernández Delicado (Uaceuti-Cad)

 

PARTIDOS:

Partido: CD MANZANERA – PUERTO ATº ON365 (Alevines F8 – 29-1-16)

Vista no celebración del partido de referencia, según consta en acta por “Tras la espera reglamentaria de 15 minutos, me vio obligado a suspender el encuentro, por el motivo de no haber venido ningún responsable del equipo Puerto Atº ON365, con licencia federativa, habiéndose presentado once jugadores con dichas licencias”, así como leídas las alegaciones formuladas por parte del Club Puerto Atº ON365, donde comunica que el Monitor responsable, no pudo comparecer por motivos laborales, ni tampoco un responsable que se hiciese cargo del equipo, este Comité de Competición considera la no existencia de fuerza mayor para la comparecencia de algún responsable del club, teniendo la obligación de haber previsto dicha situación y poniendo los medios necesarios para haberse podido celebrar el partido:

Por todo lo expuesto acuerda: Declarar incomparecencia del Club Puerto Atº ON365 al partido de referencia, sancionándose con la pérdida del partido por el tanteo de tres goles a cero a favor del CD Manzanera, descontándose además tres puntos de su clasificación general (Art. 77.1.b)

 

Partido: CLUB JUAN CARLOS I (0) – CLUB B. RAMÓN Y CAJAL (4) (Reg. Pref. 31-01-16)

Vista la suspensión del partido de referencia en el minuto treinta de la primera parte, decretada por el colegiado como consecuencia de haberse quedado el Club Juan Carlos I, con menos de siete jugadores por lesión, se acuerda:

 Dar por finalizado el mismo con el resultado que figuraba en el marcador en el momento de la suspensión (Art. 42 Estatutos RFEF).

 

Contra estos acuerdos, podrán interponer recurso ante el Comité de Apelación de ésta Federación de Fútbol, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de su recepción.