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Comité de competición y disciplina deportiva Acta Nº 6

*Comité de competición y disciplina deportiva el día 28 de octubre de 2.015, y una vez vistas las actas y demás documentos referentes a los partidos de las jornadas del 23 al 25 de octubre de 2.015, se resuelve en el acta nº 6

actas
Comité de competición y disciplina deportiva Acta Nº 6

Reunido el comité de competición y disciplina deportiva el día 28 de octubre de 2.015, y una vez vistas las actas y demás documentos referentes a los partidos de las jornadas del 23 al 25 de octubre de 2.015, se acuerda lo siguiente:

 

JUGADORES:

Primera amonestación y multa de 1,20 € (Cad.Juv.) y 1,50 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111)

*Daniel Verdejo Delicado (Nat.Ceuta-Bej8)

 *Alejandro García Montes (Inmaculada Atº-Alv8)

*Claudia Navas Pinazo (Polillas Atº-Inf)

*Riduan Liazid Mohamed (Puerto Atº-Cad)

*Miguel A. Hernández Sánchez (Bahía-Cad)

*José Gómez Rodríguez (Bahía-Cad)

*Yassin Fartan Mohamed (Ceuta Bse-Cad)

 *Amin Mohamed Mustapha (Ceuta Base-Cad)

*Nabil Kayani Aomar (Betis-Cad)

*Pedro J. Franco Pérez (Goyu Ryu-Juv)

*Fahd Ali Tami (Goyu Ryu-Juv)

*Abderrahaman Achmimou (Goyu Çryu-Juv)

*José Ahmed Gil (Betis Hadu-Juv)

*Mohamed Sbihi Mohamed (Betis Hadu-Juv)

*Carlos Blasco Molina (Dep.Ceutí-Juv)

*Alejandro San Sebastián Fdez. (Puerto-Juv)

*Camilo Bermejo Varo (Monitor Polillas Atº)

*Antonio Rodríguez Guerrero (Mon.Nat.Ceuta-Al)

*Álvaro Lorente Fernández (G.Ryu-Juv)

 

Segunda amonestación y multa de 1,20 € (Cad.Juv.) y 3,00 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111)

*Mohamed Mohamed Mohamed (Uaceuti-Inf)

* Yasser Mohamed Mohamed (Bahhia Ceuta-Cad)

*Ilias Mustafa Chaire (Ceuta Base-Cad)

* Haron Ben-Kahoun Fdez. (Betis Hadu-Juv)

*Sufian Halifi Mohamed (Dep.Ceuti-Juv)

* Francisco Sánchez Jiménez (Puerto Atº-Juv)

 

Tercera amonestación y multa de 3,00 € (Cad.Juv.) y 6,00 € (Reg./Entren./Deleg) (Art. 111)

 *Omar Liazid Mohamed (Dep.Ceuta-Juv)

 

Suspender por un (1) partido oficial y multa de 9 € por protestar al árbitro (Art.120.137.2.L)

*Álvaro Almagro Molina (Entren.Polillas Atº-Alv)

* Jesús Marquez Cordoba (Entr.Carmelitas-Inf)

*Francisco. José Robles Moreno (Monitor Polillas Atº-Alfs)

 

Suspender por dos (2) partidos oficiales y multa de 18 € por dirigirse al colegiado en término de desconsideración (Art. 137.2.C)

*Mariano Ruiz Prieto (Deleg. San José Cad-FS)

 

Suspender por dos (2) partidos oficiales por dirigirse a los jugadores contrarios realizando acto de desconsideración (Art. 137.2.d)

*Iván Atencia López (Cd Rayo Ceuta-Al-Fs)

 

PARTIDOS:

Partido: CF ROSALES – CF J.O.G. (Infantiles F11 – 24-10-15)

Vista la presentación de tan solo seis jugadores por parte del CF ROSALES, se acuerda:

Declarar incomparecencia del citado club, sancionándose con la pérdida del partido por el tanteo de tres goles a cero y descuentos de tres puntos de su clasificación general, y multa de 90 euros, advirtiéndose que se producirse una segunda falta con la misma tipificación, causará baja de la competición (Art. 77)

 

Partido: CD SAN DANIEL ATº (0) – CLUB SPORTING CEUTA (2) ( Alevines FS 25-10-15)

Vista la suspensión en el minuto nueve del partido de referencia, como consecuencia de quedarse el Club SAN DANIET ATº con tan solo dos jugadores, se acuerda:

 Dar por finalizado el mismo con el resultado que figuraba en el marcador (Art. 42).

 

ESCRITOS:

Vistas las alegaciones formuladas por parte del Club Gimnasio Goyu Ryu, sobre la expulsión por doble amonestación del jugador juvenil Álvaro Lorente Fernández en el partido celebrado el día 25 de octubre contra el Club Betis de Hadu, manifestando que la segunda amonestación que motivó la expulsión, se produjo por el saque de una falta sin autorización del colegiado, y que según el citado club, justifique, se debió a un problema de audición del jugador, se acuerda:

 Atendiendo a la justificación del motivo, anular la segunda amonestación al citado jugador.

 

Partido: CD SAN JOSÉ (0) –CLUB CEUTA BASE (8) (Cadetes FS 25-10-15)

Vistas las alegaciones formuladas por parte del Club San José, sobre las decisiones de carácter técnico tomadas por el colegiado en el encuentro de referencia, se acuerda:

 Dar traslado de las mismas al Comité Técnico de Árbitros para su conocimiento y efectos oportunos.