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  • Diario Digital | sábado, 18 de mayo de 2024
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INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA-INGESA

INGESA comenzó a trabajar en Últimas Voluntades en 2002

Desde el año 2002 el Hospital Cruz Roja de Ceuta ya disponía de un documento que entonces se llamó de VOLUNTADES ANTICIPADAS, a disposición de los usuarios, en cumplimiento de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre de Autonomía del Paciente. 

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INGESA comenzó a trabajar en Últimas Voluntades en 2002

Desde el año 2002 el Hospital Cruz Roja de Ceuta ya disponía de un documento que entonces se llamó de VOLUNTADES ANTICIPADAS, a disposición de los usuarios, en cumplimiento de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre de Autonomía del Paciente. 

En 2007 se regula por Real Decreto el Registro Nacional de Instrucciones Previas, dependiente del entonces Ministerio de Sanidad y Consumo (actualmente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad), que asegura y posibilita el conocimiento en todo el territorio nacional de las instrucciones previas otorgadas por los usuarios en los correspondientes registros autonómicos. 

En la ciudad de Ceuta, al no existir registro autonómico, los datos correspondientes a las Declaraciones de Instrucciones Previas de los usuarios se encuentran en un Registro de Inscripción Provisional custodiado por el Registro Nacional de Instrucciones Previas dependiente del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad, en tanto se crea el correspondiente registro autonómico. 

Desde la entrada en vigor de la norma reguladora en 2007, es decir desde hace 9 años, el Servicio de Atención al Usuario del Hospital Universitario de Ceuta tiene disponibles las solicitudes pertinentes, realizándose desde entonces a petición del usuario un Documento de Últimas Voluntades, el cual queda incorporado a su Historia Clínica y se remite al Registro Provisional de Instrucciones Previas.