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Bruselas suspende el procedimiento de infracción contra España por el incumplimiento de la normativa contra la morosidad

La Comisión Europea ha comunicado a España hoy la suspensión del procedimiento de infracción relativo a la aplicación de la Directiva Europea por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, a la vista de las reformas aprobadas por el Gobierno

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Gobierno de España
Bruselas suspende el procedimiento de infracción contra España por el incumplimiento de la normativa contra la morosidad

 

Viernes, 18 de diciembre de 2015-Este procedimiento se inició formalmente mediante una Carta de Emplazamiento de la Comisión Europea a España el 19 de junio. En ella, aunque la Comisión reconocía la correcta transposición de la Directiva al ordenamiento jurídico español, señalaba que España ha incumplido la Directiva al no garantizar que los poderes públicos respeten los plazos de pago fijados por la Directiva para los bienes y servicios contratados en el marco de operaciones comerciales e invitaba a España a presentar alegaciones.

En respuesta a esta Carta, España alegó que para una evaluación correcta del cumplimiento de la Directiva es necesario tener en cuenta la excepcional situación de crisis económica en la que estaba inmersa cuando la Directiva entró en vigor y la evolución positiva de los indicadores de periodo medio de pago de todas las Administraciones Públicas.

La puesta en marcha de los mecanismos extraordinarios de liquidez (Fondo de Pago a Proveedores, así como el Fondo de Financiación a CCAA, en sus compartimentos de Fondo de Liquidez Autonómico y de Facilidad Financiera) han permitido una reducción muy sustancial de la morosidad. A través de estos mecanismos, en el período 2012-2015, se han realizado pagos directos a proveedores por importe de 75.911 millones de euros. Esta inyección de liquidez ha permitido la reducción del período medio de pago, en particular, en las Comunidades Autónomas.

Información adicional

En esta respuesta, además, se informó a la Comisión del Plan específico de erradicación de la morosidad en el sector público, que incluye un conjunto de reformas tanto estructurales, como la Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, por la que se introduce la obligación para todas las Administraciones de calcular, con una metodología común, y publicar periódicamente su PMP, o la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, como coyunturales, como el Fondo de financiación para el pago a proveedores, el Fondo de liquidez autonómico (FLA), o los más recientes, creados por el Real Decreto-ley 17/2014, como la Facilidad Financiera y el Fondo de Ordenación y el Fondo de impulso Económico para las Entidades Locales.

Estos cambios normativos han supuesto una verdadera reforma estructural para avanzar en la lucha contra la morosidad, que incluyen la publicación mensual de datos de período medio de pago de todas las Administraciones Públicas (Gobierno central, Comunidades Autónomas y Entidades Locales), así como la garantía del Estado del pago al proveedor, cuando se produzca el incumplimiento reiterado por parte de una Administración territorial de los plazos máximos de pago establecidos.​